TEEY sentencia: Sin cambios en las diputaciones pluris
Declaran infundadas e inoperantes las impugnaciones el PAN y el PRI que buscan más diputaciones en el Congreso, y se confirma la curul de Larissa Acosta de MC.
Por Redacción
Mérida, Yucatán, 6 de agosto de 2024.-El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) sentenció que fue correcta la asignación de diputaciones plurinominales hecha por el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac), luego de seis impugnaciones presentadas por el PAN, PRI, Nueva Alianza y un candidato de Movimiento Ciudadano.
Las y los quejosos se pronunciaron en contra del acta de sesión del pasado 9 de junio emitida por el árbitro electoral en el que se aprobó la lista de las 14 diputaciones locales de representación proporcional que formarán parte del Congreso del Estado.
Se tratan de los expedientes JDC-050, RIN-045, JDC-051, JDC-052, RIN-047 y RA-007, promovidos por los partidos PAN, PRI y Nueva Alianza Yucatán; así como por el candidato de MC en el distrito 12 de Umán, Leonel Alberto Can Euán, y las candidatas panistas Ana Cristina Polanco Bautista e Itzel Falla Uribe.
En su intervención, la magistrada presidenta, Lissette Guadalupe Cetz Canché, señaló que el Recurso de Apelación presentado por Nueva Alianza en contra de la asignación de las diputaciones plurinominales de Movimiento Ciudadano (MC) fue desechado, porque se presentó fuera del plazo concedido por la Ley electoral.
Con respecto a las otras impugnaciones, indicó que las manifestaciones de los partidos políticos y candidatos fueron: ) indebida fundamentación y motivación; indebida aplicación del procedimiento para la asignación de diputaciones; paridad de género y representación de minorías indígenas; y error aritmético grave durante el acto de señalar la votación.
Abundó que el primer agravio, fue infundado porque el Iepac sí plasmó los fundamentos legales y consideraciones normativas que le resultan aplicables para la asignación de diputaciones plurinominales, precisando claramente los resultados de las votaciones obtenidas por los partidos políticos, los cálculos procedentes y sus conclusiones razonadas.
Sobre el segundo agravio, también fue catalogado como infundado, ya que la norma electoral es muy clara cuando se refiere que el resto mayor se obtendrá de los remanentes de la votación de cada partido político y se identificarán los más altos para asignar las diputaciones plurinominales restantes. Asimismo, se establece que el cálculo de subrepresentación se efectuará al concluir el procedimiento de asignación de las curules.
Con respecto al tercer agravio, la magistrada indicó que fue promovido por el candidato de MC, Leonel Can, quien se quejó de que fue excluido para el cargo de diputado del Congreso del Estado, a pesar de ser el segundo en la lista de candidatos de representación proporcional de su partido, por una supuesta indebida e ilegal aplicación de un criterio de paridad. Además, advirtió que el Iepac incumplió con su obligación de revisar y garantizar la representación de las minorías indígenas a la que dice pertenecer.
Al respecto, la magistrada Cetz Canché catalogó como infundado su primero agravio, ya que al realizarse los ajustes necesarios de género entre las candidatas de su partido, se confirmó que Larissa Acosta Escalante es la que mayor votación alcanzó y, por lo tanto, se debe dar cumplimiento el principio de paridad para asignarle esa curul a una mujer. Ella, como se sabe, compitió por el distrito 8 de Mérida, por lo que entró al Congreso por “repechaje”.
Y con respecto al otro agravio, sentenció que no se vulneraron los derechos de Leonel Can, porque no fue registrado como candidato indígena maya al momento de competir en el distrito 12.
Para finalizar, Lissette Cetz catalogó como inoperante el agravio de error aritmético grave planteado por las candidatas panistas Polanco Bautista y Falla Uribe, ya que sus argumentos son genéricos y abstractos, sin que se aportaran medios de convicción.
Finalmente, el TEEY determinó confirmar el acta de sesión del TEEY en la que se determinó la asignación de diputaciones plurinominales, quedando de la siguiente manera: 6 para el PAN; 2 para el PRI; 2 para el PVEM; 2 para el PT; y 2 para MC.