TEEY revoca acuerdo del Iepac y ordena más diputaciones indígenas
La magistrada Lissette Cetz Canché señaló que el acuerdo del árbitro electoral sí afecta el derecho del pueblo maya porque sólo contempla dos distritos indígenas, por lo que ordenó aumentar las cuotas afirmativas para este sector.
Por Redacción
Mérida, Yucatán, 8 de diciembre de 2023.- El Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) sentenció que el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac) tiene que realizar un nuevo acuerdo sobre los Lineamientos de acciones afirmativas, por medio del cual garantice que haya más candidaturas indígenas para las diputaciones de Mayoría en las elecciones del 2024.
Se llegó a esta resolución tras analizar el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, identificado con la clave JDC-022/2023 y Acumulados, el cual fue presentado por 13 ciudadanos que impugnaron el acuerdo C.G.-043/2023 del Iepac relativo a grupos en situación de vulnerabilidad.
En la sesión pública, la magistrada presidenta Lissette Guadalupe Cetz Canché explicó que en lo relativo a las diputaciones de Mayoría relativa, le asiste la razón a las y a los quejosos, porque se evidencia un trato desigual y sí se afecta el derecho del pueblo maya, en cuanto a que el acuerdo del Iepac señala que los partidos políticos deben de postular candidaturas indígenas en sólo dos distritos electorales.
Precisó que el mencionado acuerdo vulnera el principio de progresividad en su vertiente de prohibición de regresión, sobre la base de que sí se vulnera la participación de la comunidad indígena, ya que en el proceso electoral anterior se determinó como cuota de acción afirmativa dos diputaciones indígenas, cuando es bien sabido que con la nueva distritación hecha en Yucatán se aumentaron los distritos uninominales, pasando de 15 a 21.
Por lo tanto, agregó la magistrada Cetz Canché, se observa que sí existe un retroceso en cuanto a las candidaturas indígenas si se toma en cuenta que el estado está conformado en su mayoría por población maya, por lo que se debe tomar en consideración más distritos electorales como cuota afirmativa para este sector.
“Se debió actualizar el número de distritos indígenas de acuerdo con el criterio demográfico de población indígena y más en relación a la nueva distritación. Luego entonces, mantener el número de diputaciones igual al del proceso electoral pasado y elegir en el presente el mismo número, sí afecta directamente a este grupo, por tener menos espacios para su beneficio”, señaló.
Por tal razón, el TEEY sentenció la revocación del acuerdo C.G.-043/2023 y ordenó que en un plazo máximo de cinco días, el Consejo General del Iepac emita uno nuevo que establezca que, de los distritos electorales cuya concentración de población indígena sea mayoritario, se garanticen más candidaturas indígenas de diputaciones de Mayoría relativa.
Y en lo relativo a otros agravios reclamados en el JDC-022/202 y Acumulados, el Tribunal los declaró infundados.