Suprema Corte ordena al Congreso de Yucatán despenalizar el aborto
El Congreso de Yucatán deberá derogar los artículos 389, 390, 392 y 393 de su Código Penal que criminalizan a las mujeres y a las personas gestantes, tras un amparo promovido por una asociación civil.
Por Paloma Reyes
Foto de Archivo
Mérida, Yucatán, 21 de agosto de 2024.-La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió, con cuatro votos a favor, un amparo a la asociación civil Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Salud Reproductiva (SHSSR) en contra de artículos del Código Penal de Yucatán que criminalizan el aborto, además de que, como parte de los efectos de la sentencia, ordenó al Congreso local que derogue esas normativas.
Cabe mencionar que dicha asociación, asesorada por las agrupaciones UNASSE A.C. y AbortistasMx, impugnó los artículos 389, 390, 392 y 393 debido a que persiguen penalmente a las mujeres y personas gestantes de la entidad que deciden practicarse el aborto.
Cabe señalar que el proyecto de sentencia fue presentado por la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, quien propuso que la inaplicación de los artículos solo sea para la asociación civil que presta estos servicios médicos.
Sin embargo, tres ministros se manifestaron a favor de extender el amparo a toda la entidad, por lo que con tres votos a favor y dos en contra, se determinó que el Congreso de Yucatán deberá derogar los artículos antes mencionados de su Código Penal.
Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Salud Reproductiva (SHSSR) es una organización dedicada a brindar servicios de salud en estas materias, incluido el acceso al aborto dentro del marco legal. En 2021, presentó el mencionado amparo en contra de los artículos que prohiben el aborto voluntario en Yucatán.
En la demanda se argumentó que el Código Penal yucateco representa un obstáculo para ofrecer ese servicio a sus usuarias sin temor a ser criminalizadas.
Durante la sesión pública de la Primera Sala de este día se determinó conceder el amparo a SHSSR, ya que esas normativas le impiden que cumpla con su objeto social brindando servicios a las mujeres y otras personas con posibilidad de gestar que lo requieran.
Pero además, siguiendo los precedentes sobre los Códigos Penales de Aguascalientes y el Federal, se ordenó al Congreso de Yucatán la derogación de los artículos que prohiben de forma absoluta el aborto voluntario.
La versión oficial de la sentencia no estará disponible hasta dentro de varias semanas; sin embargo, en un comunicado de prensa, la asociación civil adelantó que el proyecto retoma argumentos de la Acción de Inconstitucionalidad 148/2017 en la que se reconoció que el derecho a decidir sobre la vida reproductiva es un derecho humano vinculado al derecho a la salud.
En este contexto, las legislaciones penales deben reformarse para permitir a las mujeres y personas gestantes acceder al aborto voluntario.
Para el cumplimiento de la sentencia, una vez que sea notificada, el Congreso local debe iniciar el proceso legislativo y votar a favor la derogación de los artículos del Código Penal local que criminalizan el aborto voluntario.
¡Será ley en Yucatán!