Sentencian al sobrino de Rolando Zapata por actos anticipados de campaña
El candidato del PRI a la diputación del distrito 3, Esteban Fuentes Zapata, es el segundo en ser sancionado por el TEEY en este proceso electoral
Por Redacción
Mérida, Yucatán, 25 de mayo de 2024.– El candidato del PRI a la diputación local del distrito 03 de Mérida, Esteban Guillermo Fuentes Zapata, quien es sobrino del exgobernador Rolando Zapata Bello, fue sentenciado por el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) por cometer actos anticipados de campaña.
La denuncia fue presentada por el ciudadano Alexis Mauricio Montero Velázquez y el partido Morena, el cual fue analizado en el Procedimiento Especial Sancionador PES-005/2024 y su Acumulado.
Los quejosos advirtieron la comisión de actos anticipados campaña; violación por propaganda electoral en la etapa de intercampaña; instalación indebida de la propaganda política en equipamiento urbano; que se violentó los principios constitucionales de equidad e imparcialidad; y responsabilidad indirecta por culpa in vigilando por parte del PRI.
De acuerdo con lo expuesto por el magistrado Fernando Bolio Vales, encargado del proyecto de sentencia, los denunciantes refirieron que Fuentes Zapata mandó a elaborar e instalar en varias direcciones de Mérida, espectaculares y lonas con su fotografía y nombre, así como con el señalamiento propio de Diputado Local del Distrito 03, en días previos al inicio de la campaña electoral.
Explicó que de acuerdo con las diligencias de inspección en las zonas y lo documentado en las actas circunstanciadas de la Oficialía Electoral del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac), en esos anuncios existen frases que constituyen solicitud de apoyo o petición de voto a favor del ahora candidato, posicionándose de cara ante la ciudadanía.
El magistrado indicó que se declaran existentes las infracciones atribuidas a Fuentes Zapata, consideradas como levísimas, por lo que se le sancionó con una amonestación pública.
De igual manera, el PRI fue sancionado con una amonestación pública por incumplir su deber de cuidado (culpa in vigilando), ya que los partidos políticos tienen la responsabilidad de conducir sus actividades dentro de los cauces legales y ajustar a sus militantes a esa conducta.
Cabe mencionar que es el segundo candidato sancionado por actos anticipados de campaña en el actual proceso, pues el primero fue el Pablo Alejandro Cutz Domínguez, quien también es del PRI.