Sentencia viene con amparo y declararía inconstitucional la votación secreta
El proyecto de sentencia elaborado por el ministro González Alcántara Carrancá plantea que la votación por cédula secreta realizada por el Congreso del Estado en el 2019, en la que se rechazó el matrimonio igualitario, fue inconstitucional y violatoria de derechos humanos.
Por Herbeth Escalante
Mérida, Yucatán, 6 de julio de 2021.- A pocas horas de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sesione sobre el juicio promovido por activistas LGBT+ de Yucatán, existe buen ánimo de que se conceda el amparo, ya que el proyecto de sentencia indica que la votación secreta realizada por el Congreso del Estado en el 2019, en la que se rechazó el matrimonio igualitario, fue inconstitucional y violatoria de derechos humanos.
El proyecto elaborado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá es público desde hace algunos días, y en el documento se precisa que le asiste la razón a la parte quejosa-recurrente, es decir,al Colectivo por la Protección de Todas las Familias en Yucatán (Colectivo PTFY), y a las asociaciones Indignación, Unasse y Article 19.
Entre los argumentos del ministro destacan que las autoridades se encuentran obligadas a implementar mecanismos de transparencia que le permitan a la ciudadanía estar lo suficientemente informada y, por tanto, en condiciones de ejercer sus derechos.
Por tal razón, recalcó, la imposición de una votación por cédulas secretas con motivo del dictamen sobre el matrimonio igualitario es violatoria de los derechos a la libertad de expresión, acceso a la información, y participación activa en los asuntos públicos del Estado.
González Alcántara Carrancá también recalca en el proyecto de sentencia que el actuar de la Mesa Directiva del Congreso fue violatoria de los principios de legalidad y seguridad jurídicas, ya que el Reglamento de la Ley de Gobierno del Poder Legislativo de Yucatán sostiene que la votación por cédula secreta está pensada para la elección de cargos y nombramientos, no para iniciativas de leyes, ni mucho menos para reformas constitucionales.
De igual manera, en la propuesta se recuerda que la Primera Sala ha resuelto en el pasado que la prohibición legislativa del matrimonio igualitario es inconstitucional en todas las entidades federativas de la República.
Por lo anterior, la resolución que se discutirá mañana en la Suprema Corte plantea que se conceda el amparo y sostiene que fue inconstitucional la votación por cédulas secretas realizada por el Congreso de Yucatán en el 2019.
Al respecto, Kalycho Escoffié, quien forma parte del equipo jurídico que presentó el juicio de amparo, sostuvo que de confirmarse el amparo tendría que reponerse el procedimiento legislativo en torno al matrimonio igualitario y el Pleno del Congreso estará obligado a volver a votar, pero esta vez haciendo público el sentido del sufragio de las diputadas y los diputados.
“El proyecto de sentencia viene favorable, es decir, el ministro González Alcántara Carrancá está proponiendo conceder el amparo a las organizaciones y activistas que lo presentamos, y si los otros cuatro ministros y ministras de la Primera Sala también lo consideran así, con al menos tres votos, la sentencia ya sería favorable”, explicó.