Recalcan que al ser monte federal, Misnebalam no puede parcelarse

Las y los pobladores de Chablekal acusan que el Ejido no podrá disponer ni modificar la situación jurídica de Misnebalam, hasta que termine el juicio agrario vigente.
Por Redacción
Chablekal, Mérida, Yucatán, 11 de abril de 2025.-La Unión de Pobladores y Pobladoras de Chablekal reiteró que Misnebalam no puede parcelarse por el Ejido, ni tampoco modificar o usufructuar sus tierras debido a las medidas precautorias emitidas por un Tribunal Unitario Agrario (TUA) que señalan que este territorio es un monte federal.
A través de un comunicado, recordaron que desde 2014, la Unión de Pobladores y Pobladoras de Chablekal por la Defensa del Territorio y los Recursos Naturales, emprendió un juicio agrario para evitar la venta y devastación del último monte forestal de Chablekal: Misnebalam. El Juicio se encuentra ante el TUA 34, bajo el expediente 1776/2014.
Durante el Juicio, el Tribunal impuso medidas precautorias para que el ejido respete la posesión que la Unión tiene sobre Misnebalam. Además, prohibió que la Asamblea Ejidal pueda modificar o cambiar la situación jurídica de ese monte.
En ese sentido, a raíz de ese juicio y de las medidas precautorias, explicaron que el Ejido no puede parcelar Misnebalam ni hacer cambios de destino, tampoco usufructuar las tierras ni efectuar otros actos que puedan modificar, cambiar, limitar o restringirlo.
Cabe señalar que la medida precautoria concedida por el TUA a favor de la Unión sigue con efectos hasta en tanto se dicte sentencia definitiva en el asunto.
Las y los pobladores detallaron que la sentencia no ha llegado, puesto que actualmente el juicio está detenido a raíz de una demanda de amparo presentada por la Unión, precisamente por el desacato que el Comisariado Ejidal ha cometido al violar la medida precautoria cuando firmaron un usufructo a favor de terceros ajenos al Ejido, situación que el Tribunal confirmó como un acto que violenta dicha medida.
Por lo tanto, recalcaron, primero debe resolverse ese amparo, y luego el juicio agrario. Si el Comisariado Ejidal, la Asamblea o terceras personas hacen promesas de repartir derechos agrarios sobre Misnebalam; o bien quieren hacerle algún cambio de destino, parcelamiento, asignación, entre otros, que modifiquen o limiten su estatus legal, o bien restrinja la posesión que actualmente mantiene la Unión de Pobladores y Pobladoras: se estaría cayendo en ilegalidades e incluso cometer el delito de “desobediencia” reconocido en el Código Penal Federal, por no cumplir o acatar una orden de autoridad competente, como lo es el Tribunal Unitario Agrario.
Aunado a ello, cabe recordar que Misnebalam, al ser monte forestal no puede parcelarse ni asignarse para asentamiento humano, de acuerdo con el artículo 59 de la Ley Agraria, por lo que la sola decisión de una Asamblea Ejidal no es suficiente para ello.
“Cualquier afirmación en contrario a lo que aquí señalamos es un mentira o tergiversación de la información, que no busca más que confundir a las y los ejidatarios. Esperamos que el Comisariado Ejidal se abstenga de continuar con información maliciosa, vaga y confusa sobre el tema, y mejor esperemos la resolución real del caso. Hablar con la verdad nos hace fuertes y creíbles, quien usa la mentira solo demuestra su propia debilidad”, concluyeron las y los pobladores de Chablekal.