Por actos violentos, Tribunal anula elección de Chichimilá
Se determinó anular ocho de las 13 casillas instaladas en esa localidad, por lo que habrá elecciones extraordinarias para la alcaldía.
Por Redacción
Mérida, Yucatán, 26 de julio de 2024.- Tras acreditarse que se cometieron actos violentos y otras irregularidades en la pasada jornada electoral, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) sentenció anular la elección por la alcaldía de Chichimilá, por lo que se tendrán que realizar comicios extraordinarios.
Al analizar en sesión pública de este viernes el expediente Recurso de Inconformidad con clave RIN-010 y su Acumulado RIN-034, promovidos por los partidos PAN, PVEM y Morena, se determinó anular ocho de las 13 casillas instaladas en esa localidad, en donde había ganado el candidato del PRI, Francisco Medina Martín.
Cabe mencionar que de acuerdo con los artículos 9 y 10 de la Ley de Sistemas de Medio de Impugnación, al anularse al menos el 20 por ciento de las casillas en una elección, ésta tendrá que repetirse, situación que ocurre en el caso de Chichimilá.
La magistrada presidenta, Lissette Guadalupe Cetz Canché, encargada del proyecto de sentencia, explicó que hubo actos de violencia documentados en los centros de votación instalados en las secciones 093 Casillas Básica, Contigua 1 y 2; 094 Casillas Básica, Contigua 1 y 2; y 095 Casillas Básica y Contigua 1.
Abundó que dichos actos consistieron en la irrupción en las casillas por varias personas y que en una de esas se sustrajo paquetería y material electoral, además de que ejercieron presión sobre los electores para que sufragaran a favor del PRI, por lo que los demandantes plantearon la violación a los principios de certeza y legalidad.
La magistrada señaló como fundado ese agravio, al concretarse la causal de nulidad establecida en la fracción IX del artículo 6 previsto en la Ley de Sistemas de Medio de Impugnación, el cual establece: “Ejercer violencia física o presión sobre los integrantes de la mesa directiva de casillas o los electores, siempre que esos hechos sean determinantes para el resultado de la votación”.
Cetz Canché agregó que la causal de nulidad se acreditó en ocho de las 13 casillas de Chichimilá, lo que representa más del 20 por ciento, por tal razón, se tuvo que declarar la nulidad de la elección de ese Ayuntamiento.
“Se estima que existen elementos suficientes para concluir que el cúmulo de irregularidades acreditadas en el presente expediente afectaron de manera sustancial las condiciones de validez de la elección”, apuntó.
Como parte de su resolución, el TEEY ordenó al Congreso del Estado y al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac) que tomen las medidas necesarias para la celebración de elecciones extraordinarias en Chichimilá.
Por cierto, se trataría de la tercera ocasión en la que se repetiría una elección en Yucatán, pues en procesos pasados hubo comicios extraordinarios en los municipios de Uayma y Mama.
Claro, el PRI podrá promover un Juicio de Revisión Constitucional (JRC) ante la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), o incluso impugnar en la Sala Superior para tratar de revertir la sentencia del TEEY.