Otro triunfo en la Corte rumbo a la despenalización del aborto
La Primera Sala resolvió que no es necesario estar embarazada para promover amparos en contra de normas penales, como las de Yucatán, que criminalizan el aborto.
Con esta decisión, habrá mayor flexibilidad para demandar a los Congresos locales que siguen criminalizando a las mujeres y personas con capacidad de gestar.
Por Redacción
Mérida, Yucatán, 21 de junio de 2023.- En la sesión pública de este miércoles, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció que, debido a los estereotipos de género que promueven, las normas penales que criminalizan el aborto afectan con su sola vigencia a las mujeres y a otras personas con capacidad de gestar, por lo que ahora no requerirán estar embarazadas o con un proceso penal en su contra para promover un amparo.
Sobre esta resolución, asociaciones que luchan por los derechos de las mujeres explicaron que habrá una mayor flexibilidad para demandar a los Congresos estatales que aún no han despenalizado el aborto en sus estados.
Desde el 2020, diversas colectivas y organizaciones han implementado una estrategia de amparos colectivos promovidos por mujeres y otras personas con capacidad de gestar en contra de los Ejecutivos y Legislativos de sus estados por no cumplir con su obligación de garantizar el derecho a decidirsobre la interrupción o continuidad de un embarazo, de acuerdo con lo que la SCJN reconoció en la acción de inconstitucionalidad de Coahuila resuelta en septiembre de 2021.
La resolución de estos juicios dieron lugar a criterios contradictorios. Por un lado, un Tribunal Colegiado en Chihuahua sostuvo que las mujeres y otras personas con capacidad de gestar pueden promover estos amparos sin la necesidad de estar embarazadas, ya que por el simple hecho de tener la posibilidad de gestar la prohibición del aborto voluntario viola sus derechos humanos.
En contraste, los Tribunales Colegiados de Durango y Yucatán sostuvieron que las normas que criminalizan al aborto voluntario no afectan a las mujeres y personas con capacidad de gestar si no cursan un embarazo y deseaban abortar.
Frente a estos criterios contradictorios, el 23 de noviembre de 2022 AbortistasMx, Aborto Seguro Chihuahua, Marea Verde Chihuahua, Si hay Mujeres en Durango y UNASSE en Yucatán, solicitaron a la Suprema Corte que determine qué criterio es el más adecuado para garantizar los derechos de las mujeres y personas gestantes.
El expediente se registró en la Primera Sala como Contradicción de criterios 412/2022 y fue turnado a la ponencia del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo. El día de hoy, por mayoría de cuatro votos, la Primera Sala reconoció que la prohibición absoluta del aborto voluntario viola los derechos de las mujeres y otras personas con capacidad de gestar, en consecuencia pueden promover amparos para demandar a los gobernadores y Congresos locales por no haber reformado sus códigos para garantizar su derecho a decidir.
“Esta resolución representa un avance importante en el movimiento de aborto en el país, pues brinda una herramienta a las mujeres, personas, colectivas y organizaciones para presionar a las autoridades para despenalizar el aborto, principalmente en Estados muy conservadores como Chihuahua, Yucatán y Durango que, a pesar de que el derecho a decidir ya fue explícitamente reconocido por la SCJN, continúan criminalizando a las mujeres y otras personas con capacidad de gestar y negando el acceso a los servicios de aborto”, abundaron.
Las colectivas y organizaciones que impulsaron esta estrategia celebran esta decisión de la SCJN que refrenda al Poder Judicial de la Federación como un aliado de los derechos reproductivos.
Asimismo, indicaron que continuarán con las acciones legales, de incidencia política y social para lograr que el aborto sea reconocido por las leyes de sus estados como un derecho de las mujeres y otras personas con capacidad de gestar.