Karla Franco propone que se reconozca la comaternidad en Yucatán
Presentó una reforma para fortalecer la protección a las mujeres embarazadas, y para garantizar los derechos de las diversas manifestaciones de ser madres en nuestra sociedad para evitar actos de discriminación.
Por Redacción
Mérida, Yucatán, 22 de marzo de 2023.-Al sostener que la maternidad es una condición que la mujer elige, la diputada del PRI, Karla Franco Blanco, presentó una iniciativa de reforma que plantea el fortalecimiento de los mecanismos para proteger el embarazo, la maternidad y la primera infancia, destacando también el reconocimiento de la figura legal de comaternidad.
Desde la Tribuna del Congreso del Estado, dijo que con esta propuesta se garantizarán los derechos de las diversas manifestaciones de ser madres en nuestra sociedad para evitar actos de discriminación.
Con esta reforma, apuntó, se transitará de una visión puramente fisiológica sobre la maternidad a condiciones garantistas para la mujer embarazada o lactante, ampliando los derechos reconocidos, estableciendo las bases para un parto seguro, recuperación en el puerperio, la lactancia digna y libre de discriminación, así como la corresponsabilidad en la crianza de hijas e hijos.
En primer término, la legisladora propuso el cambio de denominación de la actual legislación para incluir a la mujer embarazada, quedando como “Ley de Protección a la Mujer Embarazada, Maternidad y la Infancia Temprana de Yucatán”, ya que el embarazo es diferente a la maternidad. En ese sentido, explicó que ya no se reconocerá como un estado fisiológico de la mujer, sino como una cualidad de quien la ejerce.
De esta manera, con esta reforma se considerarán casos de madres en adopción, las abuelas o condiciones en familiares que permitan a una persona adoptar un rol materno.
Asimismo, Karla Franco indicó que ahora esta ley se aplicará sin ningún tipo de discriminación, ampliando las garantías cuando existan situaciones que le generen una mayor vulnerabilidad, como es el caso de mujeres infantes o adolescentes embarazadas, a las que les haya sido diagnosticado el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA), quienes tengan alguna discapacidad; quienes se encuentren privadas de su libertad, o cualquier otra circunstancia que afecte no solo a su persona, sino a su hija o hijo.
“Si el embarazo es de una infante o adolescente, se deberá establecer contacto con quienes sean jurídicamente responsables de la misma, así como, realizar la búsqueda de indicios de violencia sexual, familiar o de género y proceder conforme las disposiciones jurídicas aplicables”, recalcó.
La reforma también establece reconocer la comaternidad en términos de lo expresado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como la situación jurídica en la que dos mujeres unidas en pareja comparten la crianza de los hijos en común, con todas sus responsabilidades y derechos legales.
“Sin duda es un modelo emergente de familia en el que una pareja de mujeres se encarga del cuidado bajo su seno de uno o más niñas y niños edad, como cualquier otro ejercicio de crianza parental, que debe ser reconocido, pues no existen elementos que demuestren que pueda ser perjudicial en la formación de sus hijas e hijos”, enfatizó Karla Franco.
De igual manera, que ninguna mujer debe ser cuestionada por sus preferencias, orientación o rol de género, como el caso que se dio a conocer en diversos medios de difusión en el que una mujer que fue separada de sus hijos al haber sido cuestionada por su orientación sexual.
En cuanto a la modificación en el concepto de lactancia materna, se promueve desde un enfoque de derecho para niñas y niños; y en consecuencia, se genera la obligación de implementar lactarios en centros laborales públicos y privados. Además, se reconoce que en la crianza de hijas e hijos debe existir corresponsabilidad en las parejas, eliminando estereotipos de género que imponen a la mujer como la única encargada de su cuidado.
Y sobre los derechos de la mujer embarazada o lactante, se plantea que se eliminen los obstáculos para su promoción o ascenso laboral; que hayan modificaciones a los planes de estudios y horarios para que puedan continuar con sus estudios; que se pueda justificar su inasistencia por motivos de atención médica, en su caso, se autorizarán bajas temporales, así como implementar las condiciones necesarias para optimizar su rendimiento académico, tanto durante el embarazado como en el ejercicio de la maternidad en la primera infancia.
En cuanto a las disposiciones garantes de niñas y niños de la primera infancia, los recursos públicos deberán considerar el seguro médico gratuito en casos de enfermedades congénitas, y utilizarse para que se realice la prueba de tamizaje neonatal dentro de los primeros 5 días después del nacimiento, para la prevención o detección de enfermedades.
Y en relación a las disposiciones para los Ayuntamientos, se sugiere que otorguen licencias de construcción de plazas y espacios públicos considerando como requisito obligatorio los baños familiares y para la primera infancia; y construir parques públicos considerando las necesidades de la primera infancia.