Delitos contra el honor amenazan los derechos humanos de Yucatán
La coordinadora jurídica de UNASSE, Amelia Ojeda, aseguró que castigar penalmente la difamación es un medio de control para los periodistas y afecta a la sociedad al coartar el acceso a la información.
Por Paloma Reyes
Mérida, Yucatán, 19 de febrero del 2022.-Yucatán debe actualizar su Código Penal ya que los delitos contra el honor son una amenaza a los derechos humanos y un medio de control para quienes trabajan en los medios de comunicación, manifestó Amelia Ojeda Sosa, coordinadora jurídica de la Unidad de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa para el crecimiento personal (UNASSE).
“En muchos Códigos Penales se han eliminado estas figuras como delito. En Yucatán es necesario que los marcos normativos estén acordes a todas estas nuevas discusiones y enfoques de aplicación del derecho”, puntualizó la activista en entrevista para Haz Ruido.
Como se recordará, periodistas yucatecos entregaron el pasado 16 de febrero una solicitud ante el Congreso del Estado para eliminar el delito de difamación de Código Penal de Yucatán para evitar actos que inhiban su trabajo y violen el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión
En ese tenor, la especialista señaló que desde hace años existe una discusión sobre el tema de los delitos contra el honor, ya que su planteamiento puede ser considerado como subjetivo.
Es decir, lo que para unas personas puede ser considerado como difamación, para otras no lo es. Y entonces, dependerá de la autoridad que atienda el caso, de acuerdo a su interpretación, si considera o no que se cometió el delito.
“Esto no puede suceder, no puede haber interpretaciones subjetivas, sino que deben existir criterios específicos de aplicación práctica”, declaró Amelia Ojeda.
Explicó que estos delitos se convierten en una amenaza o un medio de control para quienes laboran en los medios de comunicación, al igual que los analistas políticos y sociales.
Incluso, se prestan a ser un mecanismo para coartar o impedir la libertad de expresión y el acceso a la información, pues al violar ambos derechos se afecta tanto a quienes exponen los hechos y a la sociedad en general, quienes merecen conocer lo que sucede.
“Esta es la oportunidad de hacer una revisión al Código Penal para ir adecuando todo nuestro marco normativo e ir eliminando aquello que, en lugar de ser una protección, realmente es un obstáculo o una vulneración a los derechos humanos”, recalcó.
Vía civil
Eso sí, Ojeda Sosa comentó que en caso de que un funcionario se sienta amenazado por lo que dijo un periodista o incluso el comunicador sea quien reciba la calumnia del servidor público, se puede optar por resolver el conflicto por la vía civil.
Sin embargo, dijo que es muy diferente realizar un proceso legal por difamación en esta vía, pues el enfoque es distinto y en este caso se pueden aportar pruebas por ambas partes para demostrar o descartar que se esté causando un supuesto daño a la reputación o el honor.
En cambio, utilizar el derecho penal, cuya herramienta principal es la privación de la libertad, se transforma en un peligro latente a los derechos humanos.
“Es ocioso mantenerlo en el Código Penal porque son delitos que no son graves y tienen una penalidad muy baja. No tiene caso que existan porque, más que aplicarse, se convierten en una amenaza”, finalizó.
Como hemos informado anteriormente, en Yucatán todavía se castiga penalmente la difamación pues de acuerdo al artículo 295 del Código local, se establecen sanciones de tres días a dos años de prisión o de 20 a 200 días de multa. (Ilustración de iStock)