Amonestan a excandidato de Morena por publicar fotos de niños
El excandidato a la alcaldía de Dzemul vulneró el interés superior de la niñez, debido a que difundió material visual en su cuenta de Facebook en la que aparecieron menores de edad sin el rostro difuminado.
Por Redacción
Mérida, Yucatán, 19 de junio de 2024.-Al analizar el Procedimiento Especial Sancionador, instaurado en el expediente PES-012/2024, el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) amonestó públicamente al excandidato de Morena a la alcaldía de Dzemul, Yuntzil Donato Aké Martínez, por publicar fotografías de niños en su propaganda electoral sin difuminar sus rostros.
El órgano electoral indicó que dicha persona contravino el Artículo 4° de la Constitución Mexicana y los Lineamientos para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en materia de propaganda y mensajes electorales del Instituto Nacional Electoral (INE).
Dicho recurso fue promovido por Movimiento Ciudadano, argumentando que se vulneró el interés superior de la niñez, debido a que el entonces candidato difundió material visual en su cuenta de Facebook en la que aparecieron menores de edad sin el rostro difuminado.
El magistrado Fernando Bolio Vales, encargado de la sentencia, precisó que se considera existentes las faltas hechas valer por el partido demandante, ya que Aké Martínez incumplió con su obligación constitucional, convencional y legal de salvaguardar el interés superior de las niñas, niños y adolescentes.
De acuerdo con el expediente de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac), se le solicitó al denunciado copias de los escritos debidamente requisitados por quienes ejercen la patria potestad o tutela de cada uno de los menores que aparecen en las imágenes publicadas, en los cuales debieron consentir su aparición, tal lo cual se ordena en los Lineamientos del INE. Sin embargo, no se recibió respuesta por parte del candidato morenista, a pesar de que fue notificado personalmente.
Cabe mencionar que de acuerdo con información proporcionada por la empresa Meta Platforms Inc., se confirmó que la mencionada cuenta de Facebook es administrada por dicha persona, por lo que él es el responsable de los contenidos difundidos en ésta.
En consecuencia, agregó el magistrado Bolio Vales, se declara existente la infracción objeto de la denuncia en contra del ciudadano Aké Martínez, así como del partido Morena por culpa in vigilando, pues estaba obligado a cuidar los contenidos que se publican en las redes sociales de su candidato. Por todo lo anterior, la sentencia consistió en una amonestación pública.