#28S: Por la despenalización del derecho a decidir
Hay que decirlo como es, el aborto en Yucatán existe y ha existido desde siempre; sin embargo, no todas pueden acceder a él de forma segura. Por eso, mientras se siga considerando un delito, se seguirá marginando a las mujeres.
Hoy 28 de septiembre, a las mujeres y personas con capacidad de gestar nos queda salir a tomar las calles y marchar en señal de protesta por la falta de reconocimiento y la criminalización de la autonomía de nuestros cuerpos.
Por Andrea Tamayo Cáceres/ #ATACAConIdeas
Mérida, Yucatán, 28 de septiembre de 2022.- En México se ha avanzado por la despenalización del aborto mediante la creación de marco jurídico que reconoce el derecho a decidir que tienen las mujeres y las personas con capacidad de gestar sobre sus cuerpos, a pesar de los obstáculos perpetuados por la moralidad de la culpa y el pecado – más allá de un supuesto delito – que grupos anti-derechos han promovido de la mano de la Iglesia católica que, lamentablemente en Yucatán, aún conserva un poder político importante.
No obstante, así como en abril de 2007 se logró la despenalización del aborto en el entonces Distrito Federal (hoy Ciudad de México) gracias a un cúmulo de factores de lucha, destacando grupos, colectivas, asociaciones y activistas feministas independientes, así como voluntades políticas y la comprensión de ser un derecho humano de tipo sexual y reproductivo, hoy ocho entidades federativas más permiten abortar de forma legal hasta las 12 semanas de gestación: Oaxaca, Hidalgo, Veracruz, Baja California, Colima (2021), Sinaloa, Guerrero y Baja California Sur (marzo, mayo y junio 2022, respectivamente).
No solo han ocurrido avances desde ámbitos legislativos locales, también por parte del Máximo Tribunal del país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que el pasado mayo resolvió acciones de inconstitucionalidad para invalidar disposiciones de las constituciones locales de Nuevo León y de Veracruz que tutelaban el derecho a la vida desde la concepción, ya que ninguna entidad federativa tiene la competencia para definir el concepto “persona”, además de que otorgarle personalidad al embrión o feto, automáticamente hace que a la mujer o persona con capacidad de gestar se le menoscaben sus derechos sexuales y reproductivos.
En el mismo sentido, la SCJN sostuvo que los principales esfuerzos del Estado para proteger la vida en gestación deberán encaminarse a proteger efectivamente los derechos de las mujeres y de las personas gestantes, por ejemplo, ocupándose en la continuidad de los embarazos deseados; asegurando atención prenatal a todas las personas bajo su jurisdicción; proveyendo partos saludables y abatiendo la mortalidad materna.
Lo anteriormente citado guarda relación con el 7 de septiembre de 2021, cuando se consolidó un logro histórico en la lucha feminista por los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y personas con capacidad de gestar: la SCJN emitió una resolución que sentó jurisprudencia para declarar la inconstitucionalidad de las leyes que penalicen el aborto. Pero ¿qué quiere decir esto y por qué ocurrió?
La discusión inició un día antes, con la presentación de un proyecto en el Pleno de la Corte, en el que se discutió la inconstitucionalidad del artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que señalaba que el aborto autoprocurado o asistido con consentimiento es un delito que se castiga con una pena de uno a tres años de prisión, disposición que va en contra del principio pro-persona y el derecho al libre desarrollo de la personalidad que se reconoce en la Constitución federal.
Cabe resaltar que, como en esta columna, la Corte hace la distinción entre mujeres y personas gestantes para validar y visibilizar a los hombres trans y la diversidad de identidad género, como las personas no binarias, por ejemplo.
La emisión de la declaratoria de inconstitucionalidad del artículo 196 del Código Penal de Coahuila sentó la obligatoriedad para que todas y todos los jueces del país resuelvan los casos que criminalicen el aborto a favor de las mujeres y personas gestantes por el derecho a decidir con autonomía y libertad sobre sus cuerpos.
Ahora, es importante resaltar que la Constitución mexicana no prohíbe el aborto, pero el Código Penal Federal sí lo tipifica como parte de los delitos contra la vida y la integridad corporal (artículo 329 al 334) y, al desprenderse los códigos penales estatales de este, surge la justificante de que sea un delito en todas las entidades federativas que no lo han despenalizado, como Yucatán.
Y es que el Código Penal local – como el de Coahuila – se apega textualmente a la definición de aborto del Código Penal Federal como “la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez”; además, a la mujer que es asistida para un aborto, aun cuando sea su elección, se le aplicará de uno a cinco años de prisión y, lo que considero todavía más grave, es que si quien la asiste es un médico, cirujano, comadrón o partero se les suspende del ejercicio de la profesión de dos a cinco años.
Bajo la visión del feminismo antipunitivista, de justicia social y de derechos humanos, el Código Penal yucateco no está cuidando la integridad y dignidad de las personas con capacidad de gestar; por el contrario, las criminaliza y las expone a señalamientos moralistas y otros peligros que pudieran atentar, incluso, contra su integridad física, además de las consecuencias en su salud mental y autopercepción.
La connotación de “aborto es igual a delito” margina a las mujeres – incluyendo a menores de edad – que no tienen el deseo de ser madres para convertirse por obligación ante la negación de la autonomía sobre sus cuerpos o a acudir a abortos inseguros que atentan contra su vida. Lamentablemente, las que pagan ese precio son las que sufren de situaciones de pobreza, viven en zonas rurales, carecen de servicios de salud pública digna, así como de información verificada para no morir en el intento.
En nuestro país, a pesar de la SCJN también ya se ha pronunciado sobre la necesidad de que en todos los hospitales públicos y privados haya personal de enfermería y de medicina que no sean objetores de conciencia, no faltan los espacios de salud en los que nadie es capaz de atender a una niña que solo habla maya y acude a realizarse el procedimiento por ser producto de una violación (por mencionar un ejemplo) y la doble revictimización se hace presente con la falta de atención, en suma los malos tratos y la discriminación yendo en contra de los derechos humanos que denigran y vulneran a las mujeres yucatecas de escasos recursos.
El ejemplo anterior tristemente pasa, a pesar de que el Código penal yucateco reconozca a la violación como una de las cinco causales por las que el aborto no será sancionable (causas económicas graves y tener más de tres hijos sin los recursos para darles una calidad de vida óptima) la realidad es que no se conocen ni se respetan y la Norma Oficial Mexicana 046-SSA2-2005 que establece que todas las instituciones públicas de atención médica deben contar con personal de medicina y enfermería capacitados en procedimientos de aborto sin ser objetores de conciencia, se declaran incapaces de asistir a la mujer que se vuelve una víctima y a la vez, una “delincuente”.
Las cifras oficiales de abortos totales en Yucatán mienten. El registro que existe de 2010 a junio de 2021 es de aproximadamente mil 407, todos practicados en los Servicios de Salud, pero ¿cómo conocer el número exacto sumando los que se realizan de la mano de acompañantes capacitadas, clínicas privadas y los considerados como inseguros? Me atrevería a decir que el número dado pertenecería solo a un año de registro.
Porque hay que decirlo como es: el aborto en Yucatán existe y ha existido desde siempre; sin embargo, no todas las mujeres pueden acceder a él de forma segura con medicamentos, AMEU o viajando al centro del país para realizarlo y quienes no tienen esas posibilidades de acceso son orilladas a ser madres por obligación, acudir a la clandestinidad o ser criminalizadas, incluso por el propio personal de salud que les salva la vida tras una emergencia de aborto inseguro.
Desde la declaratoria de inconstitucionalidad del año pasado, los artículos 389, 390, 391 y 392 del Código Penal del Estado de Yucatán están contraviniendo los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar y, a pesar de que en el Congreso local se presentó una iniciativa de ley para reformar la Constitución yucateca y así, quitar de una vez por todas la protección de la vida desde la concepción, además del código penal y la Ley de Salud estatales, en materia de despenalización del aborto, la realidad es que la diputada Alejandra Novelo – quién la presentó – está haciendo una lucha legislativa ante una numérica de votos desfavorablemente conservador.
Por si fuera poco, la iniciativa de la diputada morenista es “de avanzada” está totalmente apegada a los preceptos de la SCJN y de la Organización Mundial de la Salud (OMS) de no limitar el aborto hasta las doce semanas de gestación, lo que es totalmente acorde con los derechos humanos y cumple con las directrices de eliminar los obstáculos normativos para el aborto seguro, como los límites de tiempo en la gestación pues dichas barreras provocan estigma y juicios.
Las activistas feministas tenemos la esperanza de que el Congreso local comprenda y aplique la laicidad del Estado, pero teniendo a Víctor Hugo Lozano Poveda como presidente de la bancada blanquiazul y tras su historial de ser el ex encargado de Asuntos Religiosos antes de ser diputado, es bastante obvio que el reconocimiento de este derecho no va a despenalizarse pronto. Y no me malinterpreten, no soy pesimista, soy realista con el Yucatán panista: tan cerca de la Iglesia y el turismo, y tan lejos de las mujeres y los derechos humanos de todas las personas.
Si de por sí la despenalización del aborto hasta las 12 semanas ha representado un reto de “estira y afloja” político en los diversos Congresos locales, ahora imaginen que en Yucatán – uno de los estados más conservadores – se haya propuesto la despenalización sin límite de semanas … no se sabe ni siquiera para cuando la vayan a turnas a Comisiones del Congreso.
Por todo lo escrito hasta aquí y mucho más, a las mujeres y personas con capacidad de gestar nos queda hoy 28 de septiembre salir a tomar las calles y marchar en señal de protesta por la falta de reconocimiento y la criminalización de la autonomía de nuestros cuerpos.
Porque no basta que ya lo haya dicho la Corte, no basta que sea un derecho humano reconocido, no basta que solo nueve estados de los 32 que conforman el país hayan despenalizado el aborto.
Es por las niñas que no deberían ser madres, es por las mujeres en situación de pobreza y vulnerabilidad que son obligadas a parir un cuarto, quinto, sexto hijo o más sin tener las condiciones para darle una vida digna. Es por todas las que hoy están muertas por la clandestinidad y también por las que están en la cárcel cumpliendo una condena revictimizante. Es por ti, es por mí, es por todas.
Que quede bien claro y que se escuche fuerte en América Latina, México y el Caribe que estar a favor del aborto no es estar en contra de la vida, es estar a favor de la ELECCIÓN.
La maternidad mexicana será elegida, o no será.