Amnistía, insuficiente para mujeres presas por abortar
El proyecto de López Obrador plantea excarcelar a las presas por delito de aborto, no obstante, no considera que la mayoría ha sido imputada por homicidios, homicidios en razón de parentesco, omisión de cuidados, filicidios e infanticidios.
Tal es el caso de Evelia, mujer maya de Tixméhuac, quien fue criminalizada por personal médico y sentenciada por ser pobre.
Por Redacción
Mérida, Yucatán, 11 de octubre de 2019.- La propuesta de Ley de Amnistía del presidente Andrés Manuel López Obrador ha sido aplaudida por muchos sectores, incluso de la oposición, como una oportunidad de reivindicar a grupos históricamente vulnerados. No obstante, en el tema de excarcelar a las presas por delito de aborto carece de una perspectiva amplia y, sin ella, difícilmente podrá hacerles justicia.
A pesar de este planteamiento, el proyecto del Ejecutivo federal no contempla que la mayoría de las mujeres privadas de su libertad por haber interrumpido su embarazo han sido imputadas por homicidios, homicidios en razón de parentesco, omisión de cuidados, filicidios e infanticidios.
Es más, en Yucatán tenemos el lamentable caso de una mujer maya del municipio de Tixméhuac que ha pasado una década de su vida recluida en el Centro de Reinserción Social (Cereso) de Tekax después de un aborto espontáneo.
Como documentaron Lilia Balam y Katia Rejón en el reportaje “Maternidad forzada. El mito del aborto legal en Yucatán”, Evelia fue criminalizada por el personal del Hospital Comunitario de Peto que la atendió; sin intérprete, pues no hablaba español, ni defensa legal, el Ministerio Público la condenó a 12 años y seis meses de prisión por homicidio en razón de parentesco.
Según el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), “la criminalización del aborto es la materialización de la idea de que la maternidad es la función obligatoria de las mujeres; idea que continúa permeando no sólo la cultura, sino todas las instituciones del Estado y que representa una violación a los derechos humanos”.
En su informe “Maternidad o castigo”, GIRE sostiene que dicho estigma afecta a quienes, como Evelia, viven en contextos de violencia, alta marginación económica y falta de acceso a información reproductiva, ya que son sentenciadas sin que existan pruebas suficientes para acreditar su responsabilidad.
“En otros casos, los estereotipos en torno a la maternidad subyacen al razonamiento de algunos jueces que condenan como homicidas a mujeres que tuvieron partos fortuitos en los patios o letrinas de sus casas y cuyos recién nacidos mueren sin que ellas puedan auxiliarlos debido a que tampoco hubo quien las auxiliara a ellas”, continúa el texto.
Por su parte, la organización Las Libres ha demostrado que, en muchas ocasiones, a las mujeres que acuden a los servicios de salud por abortos espontáneos, emergencias obstétricas o partos prematuros, el mismo personal de salud les fabrica “evidencia” o lleva a cabo evaluaciones “científicas”, como la docimasia pulmonar, la cual es desestimada por la medicina actual, para “probar” lo que de antemano ya cree que pasó: que ellas “asesinaron” a sus hijas e hijos.
Esta agrupación sostiene que el Estado se ensaña con las mujeres más vulnerables, las que se encuentran en pobreza y tienen origen indígena, las que han sido abandonadas por las políticas públicas que deberían protegerlas. Al criminalizarlas, las autoridades simulan dar resultados.
A ello se suma que la iniciativa de López Obrador, de aprobarse, beneficiaría a muy pocas mujeres ya que sólo excarcelaría a las imputadas en cualquiera de las modalidades previstas en el Código Penal Federal.
En 2016 se contabilizaron 216 mujeres en proceso o condenadas por aborto en todo el país, de las que únicamente 15 estaban sujetas a proceso en el fuero federal. Cabe recordar, que este tipo penal se regula a nivel local y cada entidad considera diferentes circunstancias para castigarlo.
Por ejemplo, sólo en Ciudad de México y Oaxaca las mujeres tienen garantizado el derecho a interrumpir la gestación, mientras que en el resto de México se siguen imponiendo prejuicios que coartan las decisiones que corresponden a su esfera privada.
Apenas en agosto pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la Norma Oficial Mexicana (NOM) 046, la cual ordena a todos los hospitales públicos interrumpir los embarazos resultado de violación, sin que medie denuncia alguna. Con ello, se convirtió en la única causal aceptada en las 32 entidades.
En siete estados de la República, las mujeres no pueden abortar, aun cuando continuar con la gestación suponga un peligro para su propia vida, y en 16 no pueden acceder legalmente a ese procedimiento aunque el producto tenga malformaciones congénitas.
Si se trata de un aborto imprudencial, es decir, sin intención o accidental, las mujeres irán a la cárcel en Chiapas y Nuevo León. Mientras que sólo en Yucatán y Michoacán el aborto está permitido por causas económicas “graves”.
Ante esta disparidad, instancias como EQUIS: Justicia para las Mujeres y AsiLEGAL han señalado que el proyecto del presidente es un buen punto de partida, pero necesita perfeccionarse para cumplir con el objetivo de brindar justicia a quienes por años han sido ignoradas.
Además, el esfuerzo del Ejecutivo federal tiene que acompañarse de reformas a las legislaciones en cada Congreso local, de lo contrario, los beneficios serán marginales, coinciden estas asociaciones civiles.
La Ley de Amnistía no va a arreglar el sistema clasista, sexista y racista, sin embargo, sí puede resarcir el daño que se le ha provocado a quienes se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad.
No obstante, debe acompañarse de estrategias integrales de reinserción social y garantías de no repetición, como cualquier proceso de justicia transicional. Porque, como la misma exposición de motivos de la iniciativa señala, las que están siendo criminalizadas, procesadas y sentenciadas por abortar son las mujeres pobres. (Foto de Valentina Álvarez)