Sancionados por violencia política de género en redes sociales
El TEEY determinó que se cometieron violencias desde páginas de Facebook en contra de dos mujeres que compitieron como candidatas en Chumayel y Umán
Por Redacción
Mérida, Yucatán, 29 de agosto de 2024.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) sancionó a los administradores de páginas de Facebook desde donde se cometieron actos de violencia política en razón de género en contra de dos mujeres que compitieron como candidatas en las elecciones de Chumayel y Umán
En la sesión de ayer, el órgano jurisdiccional resolvió dos Procedimientos Especiales Sancionadores, con claves PES-017/2024y PES-020/2024, que fueron promovidas por dichas candidatos, cuyos datos personales están protegidos.
El magistrado Fernando Bolio Vales, quien estuvo a cargo de los proyectos de sentencia, señaló que en ambos casos se acreditó el agravio, toda vez que la publicaciones en las redes sociales tuvieron por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de los derechos político-electorales de las quejosas frente al electorado de los municipios en los que contendieron.
En el primer caso, la denuncia presentada por la ciudadana fue en contra de las personas que administran las páginas y/o usuarios de la red social Facebook: «Que todo Chumayel se entere»; «María Elenita Dzul Moo»; «Pamela Chu», «Elio Xicum Coba» y Gaby Loeza, en perjuicio de su derecho político-electoral a ser votada en una campaña libre de violencia política de género y discriminación.
Al analizarse la queja, se acreditó la violencia simbólica y psicológica, al haberse constatado las publicaciones difundidas en las que se observa la intención de incidir en los usuarios de Facebook haciendo pública su vida privada, con calificativos de prepotente, ambiciosa y capaz de traicionar a la gente para acceder a cargos de poder. Con estas difamaciones y denigraciones se puso en entredicho su capacidad para la política.
En el segundo caso, la denuncia presentada por una candidata fue en contra de la persona que administra y/o generó información difundida en la página de Facebook “Umán sin Censura”, en la que se reprodujeron estereotipos de género, causando una afectación injustificada en su imagen, honra o dignidad, condición que vulneró desproporcionadamente su derecho a la participación política en el proceso electoral municipal.
El magistrado explicó que dichas publicaciones, en el contexto de una elección municipal, en la que la quejosa era una de las dos mujeres contendientes frente a tres candidaturas de hombres, se observa toda la intención de descalificarla, basándose en estereotipos de género que reproducen la idea machista de que una mujer, en política, no puede ganarle a un hombre.
En ambos expedientes, el TEEY determinó amonestar públicamente a los administradores de las páginas y los perfiles de Facebook involucradas en los hechos.
Además, como medida de reparación, fueron inscritas en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, por el plazo de tres años.