Registro Civil de Yucatán negó inscribir a bebés de madres lesbianas
La dependencia estatal no quiso registrar a los niños gemelos con los apellidos de ambas. Las afectadas promovieron un amparo y la Codhey emitió una Recomendación para resarcir el daño
Por Herbeth Escalante
Mérida, Yucatán, 24 de julio de 2024.- En otro caso de discriminación y vulneración a los derechos humanos de las personas LGBTQ+ de Yucatán, el Registro Civil se negó a otorgar las actas de nacimiento de bebés gemelos de una pareja de madres lesbianas, argumentando que no podía inscribirlos con los apellidos de ambas.
Este caso fue atendido por la Comisión Estatal de Derechos Humanos (Codhey) , asentado en el expediente de la Queja 140 del año 2023, y que derivó en la Recomendación 01/2024 emitida en contra de la mencionada dependencia estatal.
De acuerdo con la Codhey, el Registro Civil vulneró el Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica, el Derecho a la Igualdad y Trato Digno, el Derecho a No Ser Discriminado y los Derechos de niñas, niños y adolescentes.
En la versión pública de la Recomendación se explica que las madres manifestaron en la Queja que están casadas legalmente en la entidad y que, como matrimonio, procrearon a dos bebés gemelos.
Sin embargo, al momento de acudir al Registro Civil del Estado, la titular de la Oficialía número dos, ubicada en la colonia Itzimná, de nombre Eva Rosa Núñez Medina, les dijo que no podían registrar a sus bebés con el apellido de ambas mamás.
En la descripción de los hechos, las afectadas contaron que la funcionaria les indicó que sólo podrían registrar a los hijos con los apellido de una de ellas, “y que si querían, tramitaran un juicio de amparo”.
En ese sentido, las mujeres lamentaron que el Registro Civil les negó el derecho que les avala como matrimonio y el derecho humano a la identidad de sus hijos.
Por tal razón, la pareja promovió un amparo en el Juzgado Sexto de Distrito de Yucatán, el cual les otorgó la suspensión provisional y la suspensión definitiva para que el Registro Civil les emitiera las actas de nacimiento provisionales para registrar a los bebés, ya que necesitaban dichos documentos para inscribirlos ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y puedan acceder a servicios de salud.
Aunado a estas medidas cautelares dictadas por el Juzgado, las afectadas decidieron presentar la Queja ante la Codhey y continuar con el expediente, debido al daño moral y discriminación que recibieron.
Tras analizar los hechos y las pruebas presentadas, la Codhey observó que si bien el Registro Civil emitió las actas de nacimiento de los niños, no lo realizó de manera voluntaria y de una primera interacción con las quejosas, pues ellas tuvieron que interponer un juicio de amparo.
Agregó que los funcionarios de esa dependencia debieron registrar a sus hijos, independientemente de si eran dos personas del mismo sexo o no, puesto que demostraron con documento oficial su unión legal, además de que fue su voluntad inscribirlos con los apellidos de ambas progenitoras.
En tal sentido, el Registro Civil transgredió el Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica en su modalidad de Ejercicio Indebido de la Función Pública; el Derecho a la Igualdad y Trato Digno en conexidad con el Derecho a la Identidad, el Derecho a No Ser Discriminado; así como el Derecho de Niñas, Niños y Adolescentes, los cuales se encuentran tutelados por la Constitución Mexicana, así como de los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano forma parte.
Como Garantía de Satisfacción, la Codhey recomendó iniciar un procedimiento disciplinario y/o administrativo que corresponda, en contra de la Oficial Núñez Medina, a efecto de determinar su grado de responsabilidad en la transgresión a los derechos humanos antes mencionados.
En relación con la Garantía de No Repetición, se ordenó emitir una circular dirigida a todas las Oficialías adscritas a la Dirección de Registro Civil del Gobierno del Estado con el objetivo de evitar situaciones discriminatorias similares.
Además, impartir cursos de capacitación a los servidores públicos sobre derechos humanos, y someterlos a exámenes periódicos, que demuestren su plena preparación y conocimiento respecto de las atribuciones, obligaciones y prohibiciones que deben considerar en el desempeño de sus funciones. (Foto de iStock)