Jueza otorga otra suspensión definitiva contra la megagranja de Santa Maria Chi
Ahora, la Secretaría de Desarrollo Sustentable no podrá emitir una Manifestación de Impacto Ambiental hasta que se investiguen los daños al medioambiente que provocó la fábrica de cerdos.
Por Paloma Reyes
Mérida, Yucatán, 21 de mayo de 2024.-La comunidad maya de Santa María Chi obtuvo la suspensión definitiva en el juicio de amparo 754/2024 del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Yucatán, por lo que las autoridades no podrán emitir una manifestación de Impacto Ambiental a favor de la megagranja de cerdos que contamina el medioambiente de dicha comisaría meridana.
Así lo informó el Instituto Federal de la Defensora Pública, que acompaña legalmente el caso y recordó que el amparo fue promovido por Wilberth Alfonso Nahuat Puc, subcomisario de Santa María Chi, en contra de la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS), por haber concluido la denuncia ciudadana interpuesta debido a la contaminación ambiental que la granja de cerdos ha estado causando, perjudicando principalmente a quienes habitan en la citada población indígena.
Cabe recalcar que la suspensión definitiva fue otorgada el pasado 16 de mayo para que tanto la SDS, como el Departamento de Evaluación Ambiental de dicha Secretaría, se abstengan de emitir la Manifestación de Impacto ambiental -a favor de «Chumoxil», S. A de C.V., quien opera la granja de cerdos en Santa María Chi- y para que realicen actos de supervisión e investigación para analizar la solicitud de autorización de impacto ambiental, hasta en tanto no se resuelva el amparo de manera definitiva.
En esencia, la jueza, al emitir la suspensión definitiva, consideró que el daño al medio ambiente por la operación de la granja porcícola podría ser irreversible debido a que “genera contaminación, descargas de aguas con heces fecales, muerte de vegetación, deforestación, desplazamiento de especies, afectaciones al agua y al medio ambiente”.
En la resolución, valoró el impacto significativo en el medio ambiente, la pérdida de cobertura vegetal, el desplazamiento en la flora y fauna, y el riesgo de contaminación del agua en la región.
En la suspensión otorgada se lee que el artículo 4° Constitucional reconoce en favor de toda persona el derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar y que el Estado se encuentra obligado a garantizar el respeto a este derecho; siendo que el daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque.
Lo anterior con la finalidad de que la SDS y el Departamento de Evaluación Ambiental de dicha Secretaría, no emitan la MIA a la granja porcícola y, también, les requiere para que en el plazo de tres días informen sobre el cumplimiento de esta, apercibiéndolas con multa en caso de no hacerlo.
Por ello, la SDS y el Departamento de Evaluación Ambiental de dicha Secretaría tendrán que acatar la suspensión definitiva concedida al Sub-Comisario de Santa María Chi, pese a que cerraron la denuncia ciudadana ambiental para beneficiar a la empresa porcícola quien opera sin contar con los permisos correspondientes.
La Defensoría Pública recalcó que esta suspensión se suma a la otorgada de manera provisional por la Jueza Cuarta de Distrito en Yucatán, en el juicio 1889/2023 presentado por la niñez de Santa María Chi; en esa suspensión provisional la Jueza al momento de su otorgamiento, sostuvo que la operación de la granja porcícola afectará múltiples de derechos de la niñez quejosa, entre los que se encuentran los relativos a un medio ambiente sano, a una vida digna, al agua y al equilibrio ecológico. (Foto de AndyBuenfilm en Facebook)